DODECÁLOGO PARA LA CONDUCCIÓN DE CONCURSOS A PLAZAS DE PROFESOR TITULAR DE UNIVERSIDAD CELEBRADOS EN APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE REFORMA UNIVERSITARIA Y DEL REAL DECRETO 1888/1984 DE 26 DE SEPTIEMBRE

  1. En el primer ejercicio, hácense por el Tribunal elogios pomposos al destinatario, hinchándose sus pocos aportes como jalones de gran importancia en el estudio de su disciplina. A la vez se bombardea al candidato alternativo con un hostigamiento visible, preguntas capciosas, trampas incluidas. Como ese candidato alternativo, si está en pos de una plaza en tierra extraña, es que es un ser independiente que no se ciñe a las directrices de los mandamases del gremio, acósaselo con el reproche de lo extraño y heterodoxo de su posición, de no colocar en el lugar debido, dentro de sus planteamientos o de su proyecto docente o investigativo, aquellas instancias del pensamiento que sean definidas por la comunidad establecida como las más relevantes. Acusáselo de marchar por su cuenta, de espaldas a la comunidad oficial, de permitirse originalidades y peculiaridades de contenido y hasta de terminología. Si ese candidato ha seguido una línea propia con tesón y empeño, acúsaselo de tenacidad desenfocada (entiéndase: terquedad) y, desde luego, de adherirse a planteamientos aberrantes, chocantes, inaceptables por la comunidad oficial. Acúsaselo de interesarse excesivamente por autores, corrientes o enfoques que son marginales, desestimando en cambio --y hasta dándose el lujo de desconocer-- aquellos otros que se cultivan, aquellos de los que se habla y que se tiene que conocer.

  2. Si el candidato alternativo ha hecho en el primer ejercicio exhibición abundante de sus propios méritos, acúsaselo luego (en la reunión a puerta cerrada del tribunal) de ser un ególatra, de ponerse a sí mismo por encima del cuerpo de catedráticos de Universidad y de haber hecho perder tiempo al tribunal con prolijidades que no venían al caso; en lugar de hacerlo, hubiera debido dejar que por su propia iniciativa el propio tribunal consultara entre la documentación presentada aquellas piezas que fueran indicativas de esos presuntos méritos del candidato alternativo. Si, por el contrario, el candidato alternativo ha sido parco y modesto en su autopresentación, se hará ver (en esa sesión interna del tribunal) que sus méritos son pocos, pues hasta él mismo les pone sordina; además, en ningún caso las piezas del dossier presentado por el candidato alternativo serán manejadas con detalle en el tribunal, sino que se dejarán amontonadas o, todo lo más, el Presidente y el Secretario extraerán alguna que otra que deseen atacar y que sólo ellos hayan tenido tiempo para examinar en detalle.

  3. Los libros, artículos y otros trabajos, publicados o inéditos, del candidato alternativo serán en general silenciados. La documentación presentada por el candidato alternativo quedará sepultada en los archivos del Departamento. Los miembros sorteados del Tribunal no tendrán de hecho acceso a tal documentación. A lo sumo, alguno que otro de esos trabajos será sacado del archivo por el Presidente o el Secretario del Tribunal para ser sometido a ataque, sea en público --en el proceso de acoso contra ese candidato--, sea en privado en la sesión interna del tribunal. (En ésta última podrán también el Presidente o el Secretario, en lugar de exhibir uno u otro de esos trabajos para atacarlos, limitarse a una demoledora crítica por alusiones, sin precisar nada, diciendo que los trabajos en cuestión son malos, o llenos de posiciones de lo más cuestionables, u otras vaguedades de ese género. Naturalmente, se colmará en cambio de elogios a los poquitos trabajos que tenga el destinatario de la plaza.)

  4. No se cotejan nunca los proyectos (memorias) del destinatario y del candidato alternativo. Pero si el de éste último es más abundante en bibliografía que el del destinatario, se dirá que es poco o nada selectiva la bibliografía del primero; en caso contrario, se dirá que es pobre. Se achacará al candidato alternativo lo excesivo --y sobre todo la demasiado grande variedad-- de su proyecto de investigación y de los temas de su programa, todo lo cual acarrea dispersión y poca profundidad. Reprocharásele el que, con esa gama tan amplia, no se centra en el perfil de la convocatoria (al menos tal como saben autorizadamente interpretarlo el Presidente y el Secretario del Tribunal). Probablemente el destinatario no tendrá proyecto investigativo alguno y eso será visto como normal por el Presidente y el Secretario del Tribunal, pues así queda flexibilizada su actitud de investigación para ajustarse a las líneas y los programas del Departamento en el que vaya a integrarse (o sea: en el que ya estará de antemano integrado como PNN). Si el destinatario ha anunciado una o dos líneas de investigación en su proyecto, se elogiará lo sucinto, sintetizado y magistralmente conciso de éste, y la ventaja de que, al evitarse la dispersión, se va a tener, escogiendo a ese candidato, la garantía de una idónea adecuación a las necesidades de la Universidad convocante.

  5. En la sesión interna del Tribunal, se hará ver que el destinatario es joven y lleva mucho menos tiempo dedicado al quehacer académico que el candidato alternativo, pero justamente en lugar de constituir eso una desventaja para el primero, es antes bien una muestra de su superioridad pues, siendo joven, incipiente y todo, ya ha dado muestras palpables de su valía y promete así resultados ulteriores extraordinarios, en tanto que el candidato alternativo, quien lleva ya años en su empeño académico, no ha logrado imponerse ni ver reconocida su producción, indicio si los hay de que algo anda mal con ésta.

  6. Se reprochará al candidato alternativo, en público o en privado, el no estar bien circunscrito al perfil de la convocatoria, o hasta a las fronteras del área de conocimiento. Podríansele reprochar trabajos en otra «área de conocimiento» (como si se pudieran separar y desconectar áreas de conocimiento que sólo han sido artificialmente deslindadas por decisión arbitraria de nuestras autoridades Universitarias). El Presidente y el Secretario insistirán en la necesidad de hacer precisas y no evanescentes las fronteras entre esas áreas y de, por consiguiente, alejar todo peligro de confusión entre ellas cual pudiera venir dado de prosperar la línea del candidato alternativo trabajando interdisciplinariamente en los campos de más de un área de conocimiento.

  7. En las sesiones internas del Tribunal, el Presidente y el Secretario --habiendo tomado éste último nota detallada del desarrollo de los ejercicios-- presentarán una requisitoria contra la actuación del candidato alternativo. Este, según ellos, habrá contestado mal a las preguntas (hasta el punto de que --y eso lo saben ellos de buena tinta-- el público --si lo había, porque en general preferirán que todo tenga lugar en el mayor secreto y sin testigo alguno-- ha visto con malos ojos las respuestas del candidato alternativo). Los otros miembros del Tribunal a quienes no les vaya nada demasiado serio en este asunto, escucharán esa requisitoria y poco a poco se dejarán persuadir, pensando a lo mejor que posiblemente el Presidente y el Secretario van a estar luego en otros Tribunales en los que a ellos sí les vaya algo importante.

  8. Si tienen alguna caballerosidad o están movidos a ello por alguna otra razón, el Presidente y el Secretario accederán a que el candidato alternativo pase la primera prueba con la unanimidad de los cinco votos del Tribunal; en caso contrario, harán que la pase con sólo tres o cuatro votos. En cambio, será para ellos objetivo principal en esa etapa que el destinatario de la plaza pase por cinco votos, para lo cual si es menester harán que se vote primero acerca del destinatario o acudirán a cualquier otro ardid. Nunca aceptarán en esa etapa que se sopesen los méritos de ambos candidatos para, en función del desequilibrio resultante, hacer pasar al de mayores méritos con un mayor número de votos. Considerarán que la plaza es del destinatario y éste debe pasar esa primera prueba con cinco votos; en cuanto al candidato alternativo, bastante caballerosidad se muestra con él si se lo deja pasar, así sea con s¿lo tres votos --y mucho más si también a él se le conceden los cinco votos.

  9. El asalto contra el candidato alternativo se centrará en la segunda etapa, o sea en su lección magistral. Acusaráselo de haber escogido un tema inapropiado, o demasiado general o demasiado particular, o demasiado fácil o demasiado técnico y abstruso. Increparásele lo poco pedagógico ya sea del tema mismo ya de su tratamiento ya de la exposición. se tratará de hacerlo caer en trampas y hasta, posiblemente, no para discutir con él en público (dándole al menos así la oportunidad de defenderse) sino únicamente para luego, en privado, en la sesión interna del Tribunal y cuando ya no está presente el candidato alternativo para siquiera poder defenderse, achacársele el supuestamente haber caído en esas trampas.

  10. En la discusión final para la provisión de la plaza, se tratará por todos los medios de que no se haga ésta en función de los méritos, sino únicamente en función del desarrollo de las pruebas --según la versión del Secretario y el Presidente del Tribunal-- y, en particular, de la segunda prueba, pues siempre es más fácil escamotear las diferencias entre dos candidatos si únicamente se tienen en cuenta unas pocas horas que si se tienen en cuenta años de trayectoria intelectual, máxime cuando con relación a esas horas uno de los candidatos cuente a su favor, en calidad de abogados incondicionales, al Presidente y el Secretario del Tribunal, mientras que el otro candidato no tiene en el Tribunal a ningún incondicional. El inconveniente para el Presidente y el Secretario del Tribunal de los méritos pasados es su carácter de algo más objetivo, más mensurable imparcialmente; por eso lo pondrán de lado alegando que todo lo más eso se tuvo ya en cuenta para la primera prueba y que ahora lo que cuenta es sólo la segunda. Podrán incluso el Presidente y el Secretario querer lavarse la cara diciendo que la actuación del candidato alternativo ha desdecido de su brillante trayectoria investigativa, razón por la cual debe darse la plaza al destinatario, en loor de cuya actuación entonarán un panegírico.

  11. De pasada dejarán caer el Presidente y el Secretario que el destinatario se quedaría sin plaza si no se le adjudica aquella en cuyo concurso se está. Podrá insinuarse también que el candidato alternativo tiene otras posibilidades en otros lugares. Como muestra de generosidad del Presidente y Secretario del Tribunal se hablará de apoyarlo para que logre afianzar su situación dondequiera que se halle ahora, o para que logre pasarse a otra área de conocimiento.

  12. El Presidente, si es muy generoso, lamentará no disponer de otra plaza para el candidato alternativo. Si es de peor natural, denigrará aviesa y rudamente a ese candidato alternativo (o, mejor, dejará que lo haga el Secretario) como alguien que no se ha mostrado merecedor de la plaza. Los miembros del Tribunal cobrarán sus dietas habiendo dado la plaza al destinatario y quedarán tan amigos. ¡Hasta la próxima!


NOTA. Cuando hayan tenido suerte el Presidente y el Secretario en el «sorteo» electrónico (con programa secreto e inaccesible) del Consejo de Universidades para la formación del Tribunal, el duro trabajo de abogado del destinatario y fiscal del candidato alternativo será efectuado por un tercer miembro del Tribunal, lo cual pondrá mejor de manifiesto la objetividad e imparcialidad del concurso.

Lorenzo Peña.
Universidad de León
Primavera de 1986
_______ _______ _______

Lorenzo Peña
Laurentius@jurilog.net

****** ****** ******
mantenido por:
Lorenzo Peña
laurentius@lorenzopena.es