No es la Constitución la norma suprema
por Lorenzo Peña y Gonzalo
Conceptos y valores constitucionales
coord. por Lorenzo Peña y Txetxu Ausín
Madrid: Plaza y Valdés. 2016.
ISBN 9788416032952.
pp. 261-398]
Resumen

Según se ha articulado ajustándose al canon juspositivista, la dogmática jurídica construye una armazón doctrinal en la cual viene axiomáticamente postulada una norma suprema, la Constitución, de la cual emanarían dinámicamente las demás normas, que sólo así adquirirían su fuerza de obligar, al paso que la preceptividad de la Constitución no necesitaría fundamentación alguna. Derrúmbase tal edificación en cuanto se examina críticamente. En primer lugar, es gratuito atribuir axiomaticidad a esa norma presuntamente fundamental; para que ésta se revista de imperatividad jurídica hace falta un motivo, que sólo puede venir dado por una norma legitimativa superior. Ésta no puede estribar en la legitimidad del poder constituyente, ni en general ni, menos todavía, en el caso del actual ordenamiento constitucional hispano. Tampoco puede radicar en el pacto o en el consenso social. El único fundamento posible es el teleológico-funcional, a saber: que resulte satisfactorio para el bien común el propio sistema jurídico instituido en torno a esa ley fundamental, lo cual es cuestión de grado. En segundo lugar, la Constitución no puede ser norma suprema porque, para interpretarla y aplicarla, son menester reglas supraconstitucionales que, a partir de sus artículos, determinen qué inferencias nomológicas son válidas y qué lecturas resultan conformes con los fines y la función del ordenamiento jurídico. En particular, los axiomas de la lógica nomológica y el principio de no arbitrariedad tienen que poseer una vigencia jurídica supraconstitucional. Eso significa que hay normas jurídicamente válidas de Derecho Natural a las cuales está subordinada la Constitución.

Palabras-clave

Constitución, derecho constitucional, derecho natural, lógica deóntica, legitimidad, jerarquía normativa

The constitution is not the supreme norm

Abstract

As developed in accordance with the patterns and strictures of legal positivism, modern juridical science has set up a theoretical frame wherein a certain norm, the constitution, is staunchly laid down as an incontrovertible axiom, whence all other norms would spring through the channels af a dynamic legal system. Such a construction crumbles under investigation. For one thing, ascribing axiomatic value to the constitution is ungrounded. In order for it to be legally mandatory a reason is needed, which a letimitating norm can alone provide. Such a norm can lie neither in the purportedly legitimacy of the constituent power nor in any social covenant or rule of recognition, but only in the fact that the legal system is mostly beneficial for the common good, which of course is a matter of degree. For another, no constitution can be applied unless supraconstitutional canons are invoked, viz. those allowing nomological inferences and those constraining valid interpretations according to the function and the ends of the legal system. Chiefly among them are the axioms of nomological logic and the ruling-out of any arbitrariness, all of which are bound to be in legal effect whatever the law-giver's will. Hence there are juridically valid norms belonging under natural law which are not lower than the constitution.

Key-words

constitution, constitutional law, natural law, deontic logic, legitimacy, legal hierarchy